Sí, se puede tener la nacionalidad española y perderla. Y hay varios supuestos. Los españoles perderán la nacionalidad cuando, por ejemplo, estén emancipados, residan en el extranjero y adquieran voluntariamente otra nacionalidad. Para seguir siendo español, deben declarar en el plazo de tres años su voluntad de conservar su nacionalidad.
La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal no es suficiente para perder la nacionalidad española.
En el caso de españoles que hayan nacido en el extranjero y sean españoles por haber nacido de padre o madre español, aunque hayan nacido en el extranjero, podrían perderán la nacionalidad española si en el plazo de tres años desde la emancipación o la mayoría de edad, no declaran esa voluntad de conservar la nacionalidad española.
Contents
- 1 Españoles nacionalizados también pueden perder la nacionalidad
- 2 Pérdida de la Nacionalidad Española: Causas, Como Evitarlo y Cómo Recuperarla
- 3 Pérdida de la nacionalidad española. Defensor del Pueblo
- 4 Pérdida y recuperación de la nacionalidad. Doble nacionalidad
- 4.1 Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
- 4.2 ¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- 4.3 Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
- 4.4 ¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- 4.5 Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
- 4.6 ¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- 4.7 Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
- 4.8 ¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- 4.9 Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
- 4.10 ¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- 4.11 Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
- 4.12 ¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- 5 Pérdida de nacionalidad española: causas y cómo recuperarla
Españoles nacionalizados también pueden perder la nacionalidad
- Los españoles que no lo sean de origen, como los que hayan adquirido la nacionalidad española por residencia, perderán la nacionalidad española en varios supuestos:
- -Después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
- -Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
- -Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
Para conservar la nacionalidad
El lugar donde realizar la declaración de conservación de la nacionalidad debe ser un organismo oficial, en este caso, los Consulados españoles en el extranjero realizan funciones de Registro Civil y serían perfectamente válidos.
¿Cómo se recupera la nacionalidad?
Una vez perdida la nacionalidad española existe la posibilidad de recuperarla, según el artículo 26 del Código Civil). Y para ello será necesario cumplir los siguientes requisitos:
-Ser residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes. Hay una circunstancia excepcional, aquellas personas que hayan realizado actividades benéficas en favor de intereses o asociaciones españolas, según se establece en la Orden del Ministerio de Justicia de 11 de Julio de 1991.
- -La persona interesada deberá declarar ante el Encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
- -Deberá inscribirse en el Registro Civil solicitando recuperación de la nacionalidad.
- En algunas ocasiones hay una previa habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad española, se dan algunos casos, como cuando la hubieran perdido españoles que no lo hubieran sido de origen y la pérdida se hubiera producido por alguna de las siguientes causas:
- -Cuando durante tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
- -Los que entren voluntariamente al Ejército de otro país, o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
- -Cuando se haya demostrado mediante sentencia firme que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.
Pérdida de la Nacionalidad Española: Causas, Como Evitarlo y Cómo Recuperarla
Si has conseguido la nacionalidad española, la información de este artículo te será de vital importancia. Pues a menos que sigas los pasos y requisitos que aquí mencionamos (sobretodo si te vas fuera de España y usas o consigues otra nacionalidad), podrías llegar a perder la ciudadanía y quedar privado de todos los derechos que ésta te otorga.
Así, en este post analizamos las principales causas y motivos de pérdida de nacionalidad establecidos por el Código Civil español, qué puedes hacer hoy mismo para evitarlo, y más información que te será de utilidad.
¿Es posible perder la nacionalidad española?
Sí, es totalmente posible que un extranjero que ha conseguido la nacionalidad española la termine perdiendo (como ahora veremos, en los casos en los que no se usa).
Pero antes de entrar con más detalles a esta situación particular, debemos distinguir entre dos supuestos generales, pues no en todos los casos se puede perder realmente:
- El nacional español de origen nunca podrá ser privado de la ciudadanía española (aunque sí puede perderla si renuncia a ella y decidir perderla de manera voluntaria)
- El ciudadano que es español por adquisición (por ejemplo a través de la nacionalidad por residencia o por opción), caso en el que sí podrá ser privado de la ciudadanía
Si bien esta pérdida es algo poco común o habitual, es algo dispuesto en los artículos 24 y 25 del código civil, y nuestra recomendación es que sigas leyendo para entender qué motivos pueden llevar a que esto suceda.
Pues la mayoría de ellos pueden ser evitados de manera fácil.
Los principales motivos de pérdida de la nacionalidad
- Existen dos situaciones principales en la que el extranjero perdería la nacionalidad española: la adquisición de una tercera nacionalidad o el no uso de la española en un plazo de 3 años tras su consecución.
- *El supuesto de la pérdida por solicitar una tercera nacionalidad no aplica a los países con tratado de doble nacionalidad, como es el caso de los países iberoamericanos, Andorra, Portugal o Filipinas.
- Es decir, en definitiva, en cualquiera de los dos casos anteriores, la falta de uso de la nacionalidad española de manera prolongada en el tiempo ya que se usa exclusivamente una tercera en un plazo de 3 años (la de origen o la d un tercer país) supondría la retirada de la ciudadanía española.
- Por poner un ejemplo, sería el caso de un ciudadano venezolano que consiguió la ciudadanía en España, pero que posteriormente se mudó a Australia donde consiguió allí la nacionalidad, y pasó a usar exclusivamente la australiana o la de origen (dejando de lado la española).
- En estos casos, a menos que el extranjero se presente en el consulado español y manifieste por escrito su deseo de conservar la ciudadanía española, la podría perder.
- Finalmente, también encontramos dos casos extras que podrían hacer que perdieras la nacionalidad, aunque se trata de casos mucho más aislados y pocos frecuentes:
- Entrar en un cargo político o al servicio de las armas en un país extranjero cuando el gobierno español ha dictado una prohibición expresa a hacerlo
- Cuando exista una sentencia firme por falsedad, ocultación o fraude en el proceso de adquisición de la nacionalidad
Cómo evitar la pérdida de la nacionalidad
Si tienes la nacionalidad española, puedes irte a vivir a un tercer país sin ningún problema. Ya sea tu país de origen (puedes volver sin problema) o a cualquier otro.
El vivir fuera de España, per sé, no supone la pérdida de la nacionalidad directamente.
No obstante, para evitar la pérdida, entonces, sí deberás considerar lo siguiente. Pues tienes dos alternativas distintas que deberás cumplir dentro del plazo de 3 años tras la consecución de la ciudadanía.
Hablamos de, o bien realizar un acta conforme manifiestas tu deseo de mantener la nacionalidad, o bien darle uso de una manera u otra.
¿Qué significa usar la nacionalidad? Por ejemplo:
- Intentar renovar el pasaporte español, pues ese mero intento ya se considera una prueba de la intención de conservación (por más que no hayas realizado un acta de manifestación)
- Ejercer tu derecho a voto desde el extranjero (votar en elecciones autonómicas o regionales en España)
- Ejercer tu derecho a la libre circulación por la UE que te otorga el pasaporte español (es decir, viajar dentro de este espacio)
- Casarte en el extranjero usando el pasaporte español
- Cualquier otra acción similar que requiera el uso de tu pasaporte español o suponga usar los derechos que te fueron concedidos al recibir la ciudadanía
¿Cómo funciona el proceso de pérdida?
- Este proceso de privación o pérdida, por lo general, lo iniciará el consulado español cuando el interesado intenta renovar el pasaporte español caducado.
- Esta institución iniciará un expediente para la privación, el cuál en primer lugar ofrece un plazo para alegaciones.
- En el caso de no recibir ninguna alegación suficiente, el proceso termina con una inscripción en la marginal de la partida de nacimiento, lo que requiere una resolución del Registro Civil.
- Por ende, lo importante es realizar unas buenas alegaciones para no perder la nacionalidad.
- Estas alegaciones suponen el intento de demostrar que, de algún modo u otro, has usado la nacionalidad española en los últimos años (siguiendo los ejemplos vistos en el apartado anterior).
Cómo recuperar la nacionalidad
Si por cualquier motivo has perdido la ciudadanía española, no todo son malas noticias. Existe la posibilidad de recuperarla (en ciertas ocasiones), y para ello se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- En primer lugar, el extranjero deberá residir de manera legal en España (por lo que si se encontraba fuera, deberá volver)
- Será necesario declarar ante el Registro Civil la voluntad de recuperarla
- Finalmente, se deberá inscribir en este Registro la recuperación
No obstante, al haber sido privado de la ciudadanía, será necesaria además un habilitación por parte del gobierno español, que otorga de manera discrecional.
Y hasta aquí todo lo que necesitas saber para evitar la pérdida de la nacionalidad española. Si tienes dudas o te gustaría que nuestros abogados de extranjería te ayudarán con cualquier situación legal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del siguiente formulario:
Pérdida de la nacionalidad española. Defensor del Pueblo
Se ha recibido escrito de V.E., al que adjunta copia del informe emitido por el Cónsul General de España en Houston (EE.UU.) en su condición de Encargado del Registro Civil Consular en dicha circunscripción.
Una vez analizado el citado documento, esta Institución considera necesario dar traslado a V.E. de las siguientes consideraciones:
El artículo 24 del Código Civil establece un período de tres años para efectuar la declaración de conservación de la nacionalidad española, cuando concurren determinadas circunstancias. Tanto en el apartado 1 de dicho artículo como en el 3, para que se produzca la pérdida de la nacionalidad, se requiere que el interesado resida en el extranjero.
Procede señalar que la Dirección General de los Registros y del Notariado afirma en sus resoluciones que, el citado artículo 24 se refiere a los españoles de origen, aunque la norma no lo indique de manera expresa. (Resolución número 3/2013, de 17 de mayo de 2013; Resolución número 14/2013, de 28 de mayo de 2013).
Tratándose de españoles que no lo sean de origen, como parece que es el caso aquí tratado, el artículo 25 (pérdida de la nacionalidad cuando no sea originaria) señala en su apartado 1 a) que se producirá la pérdida “cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española”. Las otras circunstancias de pérdida que menciona no son relevantes para el presente asunto.
Se recuerda que la interesada había manifestado a esta Institución que se había trasladado a vivir a España a los dieciocho años, donde reside desde el año 2010. También afirmaba y acreditaba que se dio de baja en el Registro de Matrícula del Consulado General de España en Houston (EE. UU.).
Por lo expuesto, no parece que se encuentre en ninguno de los supuestos que dan lugar a la pérdida de la nacionalidad española, según los artículos 24 y 25 del Código Civil. Se da la circunstancia de que en su última comunicación manifestaba que, en la actualidad está estudiando en España, tras obtener un visado de estudiante y ante la negativa del Consulado a renovar su pasaporte.
- En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta Institución, se ha estimado procedente formular la siguiente:
- SUGERENCIA
- Revisar el expediente de la interesada al objeto de aclarar si concurre o no alguna de las circunstancias previstas por los artículos 24 y 25 del Código Civil que determinan la pérdida de la nacionalidad española para los nacionales de origen y para aquellos cuya nacionalidad no es originaria y dictar la resolución correspondiente, procediéndose a su notificación formal.
- En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de ese Organismo.
- Le saluda muy atentamente,
- Soledad Becerril
- Defensora del Pueblo
Pérdida y recuperación de la nacionalidad. Doble nacionalidad
Autor | María Linacero de la Fuente |
-
PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Las causas de pérdida de la nacionalidad española reguladas en los artículos 24 y 25 del Código Civil tienen carácter taxativo (cf. Artículo 11.2 de la Constitución, Instrucción de 20 de marzo de 1991. VI), pudiendo clasificarse en dos grupos:
- Son requisitos comunes a los tres supuestos de pérdida voluntaria de la nacionalidad española, según se deriva del artículo 24 del Código Civil, los siguientes:
- 1) Que el interesado sea mayor de edad o emancipado.
- 2) Que resida habitualmente en el extranjero.
- 3) Que España no se halle en guerra.
- El artículo 24 del Código Civil (reformado por la Ley 36/2002, de 8 de octubre) dispone lo siguiente:
-
Pierden la nacionalidad española los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación.
La pérdida se producirá una vez que transcurran tres años a contar, respectivamente, desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación.
No obstante, los interesados podrán evitar la pérdida si dentro del plazo indicado declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española al encargado del Registro Civil.
La adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no es bastante para producir, conforme a este apartado, la pérdida de la nacionalidad española de origen.
-
En todo caso, pierden la nacionalidad española los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero.
-
Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre expañoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años a contar desde su mayoría de edad o emancipación.
-
No se pierde la nacionalidad española, en virtud de los dispuesto en este precepto, si España se hallare en guerra.
Los casos de pérdida de la nacionalidad por sanción son de aplicación exclusiva a los españoles que no lo sean de origen (artículo 11. 1 y 2 de la Constitución).
La Ley 36/2002 de 8 de octubre modifica el art. 25 del Código Civil, haciendo desaparecer el supuesto de pérdida de la nacionalidad como pena, al no contemplarse ya la misma en el Código Penal.
A tenor del artículo 25.1 del Código Civil: «Los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad:
-
Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española. b) Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
-
-
La sentencia firme que declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española, produce la nulidad de tal adquisición, si bien no se derivarán de ella efectos perjudiciales para terceros de buena fe. La acción de nulidad deberá ejercitarse por el Ministerio Fiscal de oficio o en virtud de denuncia, dentro del plazo de 15 años».
-
INSCRIPCIÓN DE LA PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
La inscripción en el Registro Civil de la pérdida de la nacionalidad española da lugar a un asiento de inscripción marginal…
Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso.
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
- Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
- Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
- Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
- Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Pérdida de nacionalidad española: causas y cómo recuperarla
Motivos por los que puedes perder la nacionalidad española y cómo recuperarla
Hasta ahora te hemos hablado sobre las distintas maneras por las que una persona puede adquirir la nacionalidad española: por residencia, por origen, por opción y adopción, por filiación y por carta de naturaleza. Por ello, y una vez que han quedado explicadas las distintas vías para llegar a ser un ciudadano de nuestro país, vamos a contarte en qué casos puedes perder la nacionalidad y qué tienes que hacer para recuperarla.
Independientemente de cómo hayas obtenido la nacionalidad española, existen distintos motivos por los que pueden producir la pérdida de nacionalidad española. Algunas de estas causas son de carácter general.
Es decir, afectan a todos los españoles por igual y vienen determinadas por el Código Civil (artículo 24.1 y siguientes) y la Constitución (artículo 11.1) de nuestro país. Otras, son sólo aplicables a españoles no originarios.
De la misma manera, se darán excepciones y casos particulares de pérdida de nacionalidad española que dependerán de cada caso en concreto.
Causas comunes a españoles originarios y no originarios de pérdida de nacionalidad española
Tanto si eres español de forma originaria, como si lo has sido posteriormente por nacionalización, existen una serie de motivos por los que puedes perder tu ciudadanía. Estas causas comunes son:
1. Perder nacionalidad española por la adquisición voluntaria de otra nacionalidad
Esta causa se encuentra recogida en el artículo 24.1 del Código Civil español. Viene a decir que, los emancipados o mayores de edad que residan de forma habitual en el extranjero, perderán la nacionalidad española cuando adquieran otra de forma voluntaria.
Eso sí, la pérdida tendrá lugar cuando hayan pasado 3 años desde la adquisición de la nacionalidad extranjera. Sin embargo, si se quiere, puede evitarse la pérdida de la nacionalidad española.
¿Cómo? Declarando, en el plazo indicado y ante el encargado del Registro Civil correspondiente, que se tiene interés en conservarla.
Por ejemplo