La DGT prevé muchos casos en los que la sanción implica pérdida de puntos.Freepik.esDavid Plaza10 min. lectura
09 Abr 2021 – 15:30h
Las sanciones económicas son siempre dolorosas, pero lo que el conductor realmente teme es quedarse sin puntos en el carnet. En el siguiente artículo vamos a repasar las multas que tienen la capacidad de restarnos esos puntos.
Desde que el 1 de julio de 2016 entró en vigor el carnet por puntos, la forma en que conducimos se ha hecho más prudente y las estadísticas señalan que la siniestralidad en las carreteras ha disminuido.
Tenga relación directa o no, lo cierto es que el carnet por puntos es una realidad y conocer cómo funciona y qué multas quitan puntos se ha convertido en una necesidad para todo conductor.
15 puntos es el máximo que podemos tener en el carnet
Cuando nos sacamos el carnet de conducir se nos asignan ocho puntos. Si durante los próximos dos años no cometemos una infracción que suponga pérdida de puntos, recibiremos otros cuatro puntos más: 12 en total.
Una vez conseguidos, deberemos estar tres años sin recibir ninguna sanción con pérdida de puntos para recibir dos puntos más y sumar 14. Después de eso, si pasamos otros tres años más sin infracciones con pérdida de puntos, se nos bonificará con un punto más, por lo que pasaríamos a tener 15 puntos, que es el máximo posible.
Contents
- 1 Tipos de multas
- 2 10 Infracciones De Tráfico Que Restan Puntos Del Carnet
- 2.1 Positivo en alcohol y otras drogas
- 2.2 Exceso de velocidad
- 2.3 Circular sin casco
- 2.4 Manejo de smartphones y/u otros dispositivos
- 2.5 Circular sin cinturón de seguridad
- 2.6 Saltarse las señales verticales
- 2.7 Circular en sentido contrario
- 2.8 Conducción temeraria
- 2.9 Respetar la prioridad
- 2.10 Adelantamientos indebidos
- 2.11 Carné por puntos, ¿Cómo funciona?
- 3 ¿Qué infracciones conllevan retirada de puntos?
- 4 Todas las infracciones que quitan puntos con la nueva Ley de Tráfico 2022
- 5 Licencia nacional de conducir – Sistema de puntos
- 6 Detracción de puntos
- 7 Exceso de velocidad: Multas y puntos que puedes perder
Tipos de multas
La ley prevé tres tipos de multas de tráfico en función de su gravedad. Son las siguientes:
- Multas leves: se castigan con una sanción económica de hasta 100 euros y no implican pérdida de puntos.
- Multas graves: acarrean 200 euros de multa y pueden hacernos perder entre 2 y 6 puntos.
- Multas muy graves: en este caso la sanción económica es de al menos 500 euros y viene acompañada de la pérdida de 6 puntos del carnet.
Multas que quitan puntos
Como acabamos de ver, la gravedad de la infracción determina la cuantía económica a pagar, pero también el número de puntos a restar del carnet de conducir. Vamos a repasar todas las multas que tienen esa capacidad, sin perder de vista las modificaciones que prevé la nueva Ley de Tráfico a partir del 21 de marzo de 2022.
Conducir con un tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l aire espirado | 6 | 1.000 € (*) |
Conducir con tasa superior a 0,30 mg/l en aire espirado si eres profesional o conductor con un permiso con una antigüedad inferior a 2 años | 4 | 1.000 € (*) |
Conducir con una tasa entre 0,25 y 0,50 mg/l. | 4 | 500 € (*) |
Con tasa entre 0,15 y 30 mg/l, para conductores profesionales y conductores con permiso con antigüedad inferior a 2 años | 4 | 500 € (*) |
Conducir con presencia de drogas en el organismo | 6 | 1.000 € (*) |
Negarse a realizar pruebas de alcohol o drogas | 6 | 1.000 € (*) |
Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario, o participar en carreras o competiciones no autorizadas | 6 | 500 € (*) |
Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares, cinemómetros o cualquier otro dispositivo similar | 6 | 6.000 € |
Para los conductores profesionales, exceder en más del 50% el tiempo de conducción o reducir en más del 50% el tiempo de descanso | 6 | 500 € |
Manipular o colaborar en la manipulación de tacógrafos o limitadores de velocidad | 6 | 500 € |
Sujetar con la mano un teléfono móvil mientras se conduce | 6 (3) | 200 € |
Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios y accidentes | 6 (4) | 500 € |
No detenerse en un stop, no dar preferencia en un ceda el paso o saltarse un semáforo en rojo | 4 | 200 € |
Realizar adelantamientos peligrosos o indebidos | 4 | 200 € |
Adelantar a ciclistas sin respetar la separación mínima de 1,5 metros, o entorpecer su marcha | 6 (4) | 200 € |
No respetar las señales e indicaciones de los agentes de la autoridad o de los paneles de mensaje variable | 4 | 200 € |
No mantener la distancia de seguridad | 4 | 200 € |
No usar o hacerlo de forma inadecuada el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil | 4 (3) | 200 € |
Conducir sin tener el permiso o licencia de conducción adecuado | 4 | 500 € |
Conducir con el permiso caducado o suspendido o teniendo prohibido el uso del vehículo que conduce | 4 | 200 € |
Circular marcha atrás en autopistas y autovías | 4 | 200 € |
Realizar un cambio de sentido antirreglamentario | 3 | 200 € |
Conducir con cascos o auriculares, llevar el móvil entre el casco y la cabeza, manipular manualmente el navegador o utilizar el móvil (siempre que no sea con el sistema de manos libres) | 3 | 200 € |
Conducir vehículos que lleven inhibidores de radares o cinemómetros | 3 | 200 € |
(*) Estas infracciones también pueden llegar a ser consideradas delito penal.
Fuente: Ley 18/2021, de 20 de diciembre sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. BOE 21 de diciembre de 2021
En negrita, infracciones nuevas a partir del 21 de marzo de 2022. Entre paréntesis los puntos que se detraían anteriormente.
La velocidad determinará la gravedad de la multa.
Multas y puntos por exceso de velocidad
Conducir muy por encima del límite de velocidad también propicia la detracción de puntos del carnet de conducir, por lo que vamos a repasar en qué circunstancias ocurre y en qué medida.
20 | 21 a 40 km/h (100 euros)41 a 50 km/h (300 euros y 2 puntos)51 a 60 km/h (400 euros y 4 puntos)61 a 70 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 71 km/h (600 euros y 6 puntos) |
30 | 31 a 50 km/h (100 euros)51 a 60 km/h (300 euros y 2 puntos)61 a 70 km/h (400 euros y 4 puntos)71 a 80 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 81 km/h (600 euros y 6 puntos) |
40 | 41 a 60 km/h (100 euros)61 a 70 km/h (300 euros y 2 puntos)71 a 80 km/h (400 euros y 4 puntos)81 a 90 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 91 km/h (600 euros y 6 puntos) |
50 | 51 a 70 km/h (100 euros)71 a 80 km/h (300 euros y 2 puntos)81 a 90 km/h (400 euros y 4 puntos)91 a 100 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 101 km/h (600 euros y 6 puntos) |
60 | 61 a 90 km/h (100 euros)91 a 110 km/h (300 euros y 2 puntos)111 a 120 km/h (400 euros y 4 puntos)121 a 130 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 131 km/h (600 euros y 6 puntos) |
70 | 71 a 100 km/h (100 euros)101 a 120 km/h (300 euros y 2 puntos)121 a 130 km/h (400 euros y 4 puntos)131 a 140 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 141 km/h (600 euros y 6 puntos) |
80 | 81 a 110 km/h (100 euros)111 a 130 km/h (300 euros y 2 puntos)131 a 140 km/h (400 euros y 4 puntos)141 a 150 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 151 km/h (600 euros y 6 puntos) |
90 | 91 a 120 km/h (100 euros)121 a 140 km/h (300 euros y 2 puntos)141 a 150 km/h (400 euros y 4 puntos)151 a 160 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 161 km/h (600 euros y 6 puntos) |
100 | 101 a 130 km/h (100 euros)131 a 150 km/h (300 euros y 2 puntos)151 a 160 km/h (400 euros y 4 puntos)161 a 170 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 171 km/h (600 euros y 6 puntos) |
110 | 111 a 140 km/h (100 euros)141 a 160 km/h (300 euros y 2 puntos)161 a 170 km/h (400 euros y 4 puntos)171 a 180 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 181 km/h (600 euros y 6 puntos) |
120 | 121 a 150 km/h (100 euros)151 a 170 km/h (300 euros y 2 puntos)171 a 180 km/h (400 euros y 4 puntos)181 a 190 km/h (500 euros y 6 puntos) | Desde 191 km/h (600 euros y 6 puntos) |
No lleva el cinturón de seguridad implica la retirada de cuatro puntos.- Freepik.es.
Las multas más costosas
Finalmente, vamos a repasar las multas que mayor coste económico implican, independientemente de sus implicaciones penales. Son las siguientes:
- Conducir vehículos que cuenten con un inhibidor de radar: 6 puntos y multa de 6000 euros.
- Instalación de inhibidores de radar: para el taller, una multa de entre 3000 y 20.000 euros.
- Sanciones reincidentes por alcoholemia antes de un año: 1000 euros y 6 puntos. Si la cifra en el alcoholímetro supera el doble de la permitida, la misma sanción.
Además, debemos tener presente que si recibimos una sanción en la que debemos identificar al conductor y no lo hacemos, el coste de la misma se duplica si ésta es leve y se triplica si es grave o muy grave.
Información actualizada el 17/03/2021 a las 9:49 horas (CET).
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10 Infracciones De Tráfico Que Restan Puntos Del Carnet
La implantación del carné por puntos ha reducido la mortalidad en las carreteras en los últimos años. La DGT realiza numerosas campañas de advertencia a los conductores, sobre todo, en fechas señaladas como puentes, vacaciones de verano y Navidad, entre otras.
Para evitar despistes y situaciones desagradables, a continuación vamos a recordarte las infracciones de tráfico por las que puedes perder puntos de tu carné de conducir, habiendo infracciones que pueden llegar a hacerte perder entre 2 a 6 puntos, además de la multa que tendrás que pagar.
El exceso de velocidad y el consumo de drogas y alcohol al volante son algunas de las sanciones más graves. Este 2020, la Dirección General de Tráfico está llevando a cabo una modificación de la sanción por el uso del teléfono móvil al volante que conllevará la pérdida de 6 puntos y una multa de 200 euros.
Positivo en alcohol y otras drogas
Los conductores noveles y los profesionales tienen una tasa de 0.15 mg/litro de aire espirado, mientras que la tasa para el resto de los conductores está situada en 0.25 mg/litro.
Si se llegasen a superar los 0.60 mg/litro se considerará delito contra la seguridad vial, con una pena de prisión de tres a seis meses y la retirada del carné de conducir entre uno y cuatro años.
El consumo de alcohol es una de las causas principales de accidentes de tráfico. Además, la presencia en el organismo de cualquier tipo de droga tendrá una sanción grave de 1.
000 euros y seis puntos de carné, suponiendo un nuevo delito contra la seguridad vial.
Estas infracciones te harán perder entre cuatro y seis puntos y tendrás que abonar una multa de entre 500 y 1.000 euros.
Exceso de velocidad
Superar las velocidades permitidas en las vías suponen una infracción. Estas pueden tener una merma en tu saldo de puntos de entre dos y seis puntos y una sanción económica de entre 100 y 600 euros.
El exceso de velocidad es una de las causas más frecuentes entre los accidentes de tráfico con víctimas mortales, por eso es una de las infracciones más perseguidas desde la DGT.
Circular sin casco
Si conduces una moto, ir sin casco también es una infracción grave que conlleva sanciones económicas y pérdida de hasta tres puntos. Además, el conductor será la persona responsable si el pasajero no lo lleva. El casco utilizado debe estar homologado. Su uso es obligatorio en todo tipo de vías.
Manejo de smartphones y/u otros dispositivos
La manipulación del smartphone, del sistema de manos libres o el uso de auriculares tiene una sanción económica de 200 euros y la pérdida de tres puntos. A partir del día 1 de enero de 2021, la retirada de puntos aumenta hasta los 6, pudiéndote incluso quedar sin carné de conducir.
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Circular sin cinturón de seguridad
Todos los ocupantes del vehículo deben llevar abrochado el cinturón de seguridad. Es importante recordar que no se podrán utilizar pinzas u otros sistemas que bloqueen el correcto funcionamiento del cinturón de seguridad.
Los más pequeños tendrán que ir colocados en los sistemas de retención infantil (SRI( adecuados a su peso y altura, que ha de ser inferior a 1.35 metros.
De no hacerlo, el conductor del vehículo será el responsable de la sanción económica y la pérdida de puntos.
Esta infracción supone la retirada de tres puntos del carné de conducir y una sanción de 200 euros.
Existen seis situaciones en las que no es obligatorio el uso de cinturón de seguridad:
- Conductores al efectuar la marcha atrás o el estacionamiento.
- Personas provistas con un certificado médico que avale una exención del uso del cinturón de seguridad.
- Los conductores de taxi cuando estén de servicio dentro de poblado.
- Los repartidores o distribuidores de mercancías cuando están efectuando operaciones de carga y descarga dentro de poblado y a corta distancia.
- Conductores y pasajeros de los vehículos en servicio de urgencia.
- Profesores de autoescuela que acompañan a un alumno durante las clases.
Saltarse las señales verticales
No respetar la prioridad de paso en una intersección, bien sea saltándote un STOP, un Ceda el Paso, un semáforo en rojo o no concediendo prioridad al vehículo de la derecha, se considera, según el artículo 56 del Reglamento General de circulación una infracción grave. Saltarse un Stop o un semáforo en rojo tiene una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir.
Circular en sentido contrario
La circulación por un carril en sentido contrario o incluso por un carril prohibido puede conllevar la pérdida de seis puntos y una multa de entre 200 y 500 euros.
Conducción temeraria
Realizar maniobras bruscas o no respetar la distancia de seguridad tiene una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné. Se debe circular manteniendo una distancia mínima que permita que aunque el vehículo de delante frene, de tiempo a frenar sin llegar a chocar.
Respetar la prioridad
Esta norma se refiere a peatones y/o ciclistas en las zonas con prioridad para ellos, como por ejemplo un paso de peatones o un carril bici. No respetar la prioridad en estos casos supone la pérdida de cuatro puntos del carné y 200 euros de multa.
Adelantamientos indebidos
Adelantar en línea continua puede suponer una sanción entre 200 y 400 euros y la pérdida de cuatro puntos si se realiza en una zona con poca visibilidad.
Las líneas continuas solo se pueden rebasar para adelantar a un ciclista o ciclomotor siempre que haya la suficiente visibilidad y sea posible mantener una distancia lateral de seguridad de al menos un metro y medio.
Es importante recordar que está prohibido adelantar por la derecha, salvo que esa maniobra tenga lugar en poblado a un vehículo que pretende girar a la izquierda.
Carné por puntos, ¿Cómo funciona?
Tras haber repasado algunas de las infracciones de tráfico más comunes que conllevan la pérdida de puntos, es importante recordar y saber el funcionamiento del carné por puntos. Cuando te sacas el carné, tienes ocho puntos.
Si eres un buen conductor, podrás subir hasta los 12 transcurridos dos años desde la fecha en la que aprobaste el carné. Tres años después, si sigues respetando las normas de circulación, podrás posicionarte en los 14 puntos.
Ocho años después de haberte sacado el carné podrás conseguir los ansiados 15 puntos.
¿Qué infracciones conllevan retirada de puntos?
¿Cuántos puntos quitan si no se lleva abrochado el cinturón de seguridad? ¿Y por hablar por el teléfono móvil? Todos sabemos que la mejor opción es cumplir con las normas de tráfico y no sólo por la multa o retirada de puntos del carnet sino porque detrás de cada norma hay un motivo más que justificado: salvar vidas. Sin embargo, ya sea a modo de recordatorio y por conocimiento general, hacemos un repaso por aquellas infracciones que suponen la retirada de puntos en nuestro carnet de conducir.
Debemos tener en cuenta que según la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, los conductores no pueden perder más de 8 puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 77, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.
¿De qué infracciones estamos hablando? El artículo 77 aborda las infracciones muy graves.
Concretamente, se puede perder más de 8 puntos del carnet cuando estemos hablando de infracciones por no respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, conducir con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas y negarse a someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas.
También se da este caso en la conducción temeraria, circular en sentido contrario al establecido, participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas, conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico y aumentar en más del 50 por ciento los tiempos de conducción o minorar en más del 50 por ciento los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
Infracciones con retirada de puntos del carnet
Alcohol y drogas:
- Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida. Más de 0,50 mg/l. Para profesiones y titulares de permisos de conducir con menos de 2 años de antigüedad es de 0,30 mg/l – 6 puntos
- Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,25 mg/l y hasta 0,50 m/l. Para profesiones y menos de 2 años de carnet, más de 0,15 y hasta 0,30 mg/l – 4 puntos
- Conducir con presencia de drogas en el organismo – 6 puntos
- Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo – 6 puntos
Conducción temeraria:
- Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreteras o competiciones no autorizadas – 6 puntos
Inhibidores y detectores de radar:
- Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico – 6 puntos
- Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros – 3 puntos
Tiempo de conducción:
- El exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre – 6 puntos
Tacógrafo:
- La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad – 6 puntos
Carnet de conducir:
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello – 4 puntos
- Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce – 4 puntos
Arrojar a la vía:
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación – 4 puntos
Señales y preferencias de paso:
- Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida – 4 puntos
- No respetar las señales o las órdenes de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico – 4 puntos
Adelantamientos:
- Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida – 4 puntos
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a cicilistas – 4 puntos
Cambio de sentido:
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta ley en los términos establecidos reglamentariamente – 3 puntos
Maniobras:
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopista y autovías – 4 puntos
Distancia de seguridad:
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede – 4 puntos
Distracciones:
- Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a apartados receptores o reproductores de sonido y otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación – 3 puntos
Elementos de seguridad:
- No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección – 3 puntos
Velocidad:
- 2 puntos y 300 euros de multa: Ir entre 41km/h y 50 km/h en vías limitadas a 20 km/h; entre 51 km/h y 60 km/h en vías de 30 km/h; circular entre 71 y 80 km/h en vías de 50 km/; ir entre 121 km/h y 140 km/h en vías de 90 km/h; ir entre 131 y 150 km/h en vías 100 km/h; y circular entre 151 y 170 km/h en carreteras limitadas a 120 km/h.
- 4 puntos y 400 euros de multa: ir entre 51 y 60 km/h en vías limitadas a 20 km/h; circular entre 61 y 70 km/h en vías de 30 km/h; ir entre 81 y 90 km/h en zonas de 50 km/h; circular entren 141 y 150 km/h en vías de 90 km/h; ir entre 151 y 160 km/h en vías de 100; y circular a velocidad de entre 171 y 180 km/h en vías limitada a 120 km/h.
- 6 puntos y 500 euros: ir a velocidades de entre 61 y 70 km/h en vías de 20 km/h; circular entre 71 y 80 km/h en vías limitadas a 30 km/h; ir entre 91 y 100 km/h en vías de 50 km/h; ir entre 151 y 170 en vías de 90 km/h; ir entre 161 y 170 km/h en carreteras de 110 km/h; e ir entre 181 y 190 km/h en vías de 120.
- 6 puntos y 600 euros (muy graves): Ir a 71 km/h en vías limitadas a 20 km/h; circular a 81 km/h en vías de 30 km/h; y pasar los 101 km/h en vías de 50 km/h. También es muy grave circular a 171 km/h o más en carreteras limitadas a 100 km/h e ir a 191 km/h o más vías de 120 km/h.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Todas las infracciones que quitan puntos con la nueva Ley de Tráfico 2022
El pasado mes de marzo entró en vigor la nueva la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, que introdujo importantes novedades, como la prohibición de superar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar. Vamos a recordarte todas las infracciones que quitan puntos con la nueva Ley de Tráfico 2022.
Aunque la eliminación del margen de los 20 km/h en los adelantamientos en carreteras secundarias ha sido lo que más polémica ha levantado, la novedad más importante de la nueva normativa es el endurecimiento de las penas, en particular, los puntos que te pueden quitar por cometer algunas infracciones.
Como ya anunció en su día la DGT, el objetivo de la nueva Ley de Tráfico 2022 es reducir la siniestralidad en las carreteras y en las ciudades. Para conseguirlo, ha realizado en una profunda revisión de las sanciones en algunos preceptos, especialmente, aquellas relativas a la retirada de puntos del carné.
Infracciones que quitan 6 puntos del carné con la nueva Ley de Tráfico 2022
Con la nueva Ley de Tráfico, se introdujeron importantes cambios, sobre todo en lo relativo a las multas. Porque, desde ahora, aumenta el castigo de algunas infracciones. Estos son los preceptos que quitan seis puntos del carné:
- Superar el límite de velocidad, implica desde hoy una sanción económica que oscila entre los 100 y 600 euros. Si la infracción se considera como muy grave, conlleva la retirada de seis puntos del carné.
- Sujetar el móvil mientras conduces, incluso, si no lo estás usando, supone seis puntos del carné.
- Adelantar a ciclistas de manera incorrecta (en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril) está castigado con 200 euros y seis puntos del carné.
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios implica una multa de 500 euros y seis puntos del carné.
- Circular en sentido contrario o por carriles prohibidos se considera una infracción muy grave, por tanto, está penado con multa de entre 200 y 500 euros y pérdida de seis puntos del carné.
- Tasa de alcoholemia superior a 0,50 mg/l y hasta 0,60 mg/l se considera infracción muy grave e implica una multa de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos.
Infracciones que quitan 4 puntos del carné
- Para sanciones consideradas como graves en la superación del límite de velocidad, corresponde la pérdida de cuatro puntos.
- No usar el cinturón de seguridad, así como el casco de protección o un Sistema de Retención Infantil (SRI) o no hacerlo de manera correcta, conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné.
- No respetar un semáforo en rojo y una señal de STOP se castiga con cuatro puntos y 200 euros.
- No respetar la distancia de seguridad con el vehículo que circula delante son cuatro puntos del carné y 200 euros.
- Tasa de alcoholemia entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l, multa de 500 euros y cuatro puntos del carné.
Recuerda que si el alcoholímetro registra una cifra superior a 0,60 mg/l estarás incurriendo en un delito penal y podrías enfrentarte a una condena de entre tres y seis meses de prisión, multas económica y trabajos en beneficio de la comunidad de seis a 12 meses y la pérdida del permiso de conducir durante un periodo que oscila entre uno y cuatro años.
Licencia nacional de conducir – Sistema de puntos
Con la licencia nacional de conducir se dan 20 puntos. Estos puntos se restarán en forma gradual si se cometen las infracciones establecidas en el Anexo I del decreto 437/2011
Los puntos se descontarán al conductor identificado en el acta de infracción.
En el caso de actas que se generen de manera automática, los puntos se descontarán al titular registral del vehículo. En estos casos, no se descontarán puntos si se prueba que el vehículo ha sido robado o no está bajo su tenencia o custodia.
Si se cometen varias faltas, se descontarán 15 puntos como máximo salvo que la suma de las infracciones dé un resultado menor. En este caso se descuenta el resultado menor.
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Perdida total de puntos
1- Si se pierden todos los puntos por primera vez, la inhabilitación será por 60 días. Este plazo se reduce a la mitad si se trata de licencias de conducir profesionales. Además, los infractores deberán realizar y aprobar cursos de seguridad vial.
2- Si se pierden todos los puntos por segunda vez, la inhabilitación será por 120 días. Este plazo se reduce a la mitad si se trata de licencias de conducir profesionales. Además, los infractores deberán realizar y aprobar cursos de seguridad vial.
3- Si se pierden todos los puntos por tercera vez, la inhabilitación será por 180 días y para las siguientes, se irá duplicando el plazo en forma sucesiva. Este plazo se reduce a la mitad si se trata de licencias de conducir profesionales. Además, los infractores deberán realizar y aprobar cursos de seguridad vial.
Los cursos deberán estar autorizados por la Agencia Nacional de seguridad Vial.
Una vez que se cumplió el período de inhabilitación, el conductor recibirá nuevamente 20 puntos en su la licencia de conducir.
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Pérdida parcial de puntos
Cuando quedan puntos en la licencia, los puntos perdidos se recuperan:
1- Por cumplir 2 años sin recibir sanciones de tránsito. En este caso se recuperan todos los puntos.
2- Por realizar y aprobar cursos de seguridad vial. Cada uno de los cursos da un máximo de 4 puntos. Sólo se puede recuperar puntos de esta forma, cada 2 años. En el caso de licencias de conducir profesionales, se puede realizar cada año.
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Texto completo de la norma
Decreto 437/2011
Detracción de puntos
Cuando la infracción por la que se ha producido la denuncia lleva aparejada la pérdida de puntos a tenor de lo establecido en el ANEXO II de la Ley de Tráfico, añadido por la Ley 17/2005, de 19 de julio, el titular del permiso o licencia de conducción que sea sancionado en firme por la comisión de alguna de las infracciones que en el mismo se detallan perderá el número de puntos que, para cada una de ellas, se señalan.
Consecuentemente, el procedimiento para la imposición de sanciones que conllevan la retirada de puntos no es distinto del procedimiento sancionador cuando no existe pérdida de puntos asociada a la infracción.
El procedimiento, pues, tendrá las mismas fases: iniciación, instrucción y resolución.
Y se producirán las mismas consecuencias en el caso de que la sanción devengara firme, es decir, se impondrá una sanción económica y, en el caso que proceda, se llevará a cabo la suspensión del permiso de conducción.
- Únicamente cuando la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, las notificaciones que se practiquen en el procedimiento harán referencia al hecho de que si la sanción adquiere firmeza se procederá a la detracción del número de puntos que se indique expresamente, de su permiso o licencia de conducción.
- Por tanto, cuando las notificaciones que se practiquen no hagan referencia expresa al número de puntos que conlleva la infracción denunciada, la detracción de puntos no se llevará a efecto.
- EL SALDO DE PUNTOS
- Pueden perder puntos todos los titulares de permisos y licencias de conducción, tanto los que ya tienen el permiso o la licencia, como los que lo obtengan posteriormente.
- Como regla general los titulares tendrán un saldo de 12 puntos, con dos excepciones: los que tengan una antigüedad no superior a tres años, salvo que ya fueran titulares de otro permiso de conducción con aquella antigüedad, que tendrán un crédito de 8 puntos y los mismos que tendrán los conductores que vuelven a tener permiso después de perder todos los puntos.
- DIFERENCIAS ENTRE LA SUSPENSIÓN DEL PERMISO Y LA DETRACCIÓN DE PUNTOS
- La suspensión del permiso y la pérdida de puntos pueden coexistir pero las diferencias son varias:
· La suspensión del permiso produce efectos inmediatos y se traduce en la restricción del derecho a conducir vehículos de motor por un periodo determinado de tiempo. Sin embargo, la pérdida parcial de puntos no supone, por sí sola la restricción del derecho a conducir (que sólo se producirá, en su caso, cuando se hayan perdido todos los puntos del carné).
· La suspensión del permiso de conducción puede imponerse por la comisión de infracciones graves o muy graves. En este último caso, se impondrá siempre por el periodo mínimo de un mes. La pérdida de puntos se produce sólo por la comisión de las infracciones determinadas en el ANEXO II de la Ley de Tráfico.
· De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley de Tráfico cuando la infracción denunciada sea grave o muy grave, se dará traslado del expediente a la autoridad competente, la cual, en el primer caso, podrá acordar imponer la sanción de suspensión de permiso o licencia de conducción entre 1 y 3 meses, acordándolo en todo caso si fuera muy grave.
· Por su parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley de Tráfico, cuando la sanción impuesta por la autoridad competente, devenga firme, el Ayuntamiento comunicará aquélla, por vía telemática, al Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas que comprenderá, entre otros, los datos relativos al hecho denunciado, la fecha de la firmeza de la sanción, y el número de puntos a descontar. En ese momento se producirá la detracción de puntos en el crédito del conductor. Es importante conocer que el Ayuntamiento de Sevilla, tiene totalmente operativa dicha comunicación de datos a la Dirección General de Tráfico.
El procedimiento para la pérdida de vigencia del permiso por pérdida de la totalidad de los puntos se establece en el Real Decreto 62/2006, de 27 de enero por el que se modifica el Reglamento General de Conductores e Infractores (BOE 2 de febrero 2006) y se llevará a cabo por las autoridades competentes en materia de Tráfico, una vez constatado que el interesado ha perdido la totalidad de los puntos de su autorización para conducir. No es, por tanto, competencia municipal.
En la notificación de la sanción se indicará al sancionado cuál es el número de puntos que se detraerán de su permiso cuando la sanción sea firme y la forma expresa de conocer su saldo de puntos.
CONSULTAS DE PUNTOS EN D.G.T
Las opciones para el ciudadano serán dos:
- Acceso sin certificado digital o sin DNI electrónico: se requiere introducir la fecha de expedición del permiso o licencia para conducir y el número del DNI.
ACCESO A SALDO DE PUNTOS
- Acceso con certificado digital o con DNI electrónico -acceso a las sanciones que han implicado pérdida de puntos-
ACCESO
Exceso de velocidad: Multas y puntos que puedes perder
Todos conocemos los graves riesgos que supone no respetar los límites de velocidad, tanto para nuestra seguridad como para la del resto de usuarios de la vía. Aun así, las multas de velocidad constituyen una de las sanciones de tráfico más comunes en España.
Los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT) revelan que a los españoles nos gusta correr, y muchas veces no somos conscientes de que tener un accidente a 120 km/h sería el equivalente a caer en picado desde 48 metros de altura, más o menos lo que mide el Coliseo de Roma. Sobrevivir a semejante impacto es complicado, así que imagínate a 150 km/h, ¡se triplican los efectos!
Con el objetivo de reducir la siniestralidad en nuestras carreteras, cada vez existen más controles y dispositivos que regulan estas infracciones. Como ya sabrás, no todas las infracciones son iguales, por lo que las multas y la retirada de puntos por superar los límites de velocidad dependen de dos factores: el tipo de vía y en qué medida se supera dicho límite.
Para calcular la cuantía de estas sanciones económicas y la pérdida de puntos, la DGT ha establecido un baremo fijo que te explicamos a continuación.
Cuantía y puntos de la multa por superar el límite de velocidad
Para que entiendas de forma clara qué multa te pondrán y cuántos puntos perderás por exceder el límite de velocidad en una vía determinada, te hemos preparado una tabla: